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Cuánto cobra un corredor de propiedades, y qué preguntar antes

No hay una tarifa fijada por ley. Lo que permite comparar es saber sobre qué se calcula, quién paga, cuándo se paga y qué trabajo incluye.

Publicado el 6 min de lectura

Respuesta corta: en Chile ninguna ley fija cuánto cobra un corredor de propiedades. El honorario se acuerda entre las partes, y conviene que quede por escrito antes de empezar. En VCAA es 2% + IVA sobre el precio de la compraventa, a cada parte, y en un arriendo, 50% del canon mensual + IVA, a cada parte.

Como no hay una tarifa oficial, el número solo no dice mucho. Lo que permite comparar es saber sobre qué se calcula, quién lo paga, cuándo se paga y qué trabajo incluye.

Hubo un tope legal, y ya no existe

Durante casi medio siglo la ley sí puso un máximo. La Ley 7.747, de 1943, encargó al Presidente de la República reglamentar la profesión de corredor de propiedades y fijar las comisiones, con estos límites:

  • en una compraventa, no más del 2%;
  • en un arriendo, no más de la tercera parte de la renta de un mes;
  • y en un arriendo, nada al arrendatario.

En 1989, la Ley 18.796 derogó ese artículo y el reglamento que lo acompañaba. Desde entonces no hay un tope: cada corredor define su honorario, y tampoco existe un registro obligatorio ni un requisito para ejercer, como recogió el Senado en 2018 al discutir un proyecto para regular la actividad.

Por eso la pregunta útil ya no es «cuánto se cobra», sino qué te está ofreciendo quien te lo cobra.

Sobre qué se calcula: la base pesa más que el porcentaje

Un porcentaje sin su base no se puede comparar. Antes de mirar el número, conviene tener claras tres cosas:

  • La base. En una compraventa se calcula sobre el precio de la operación. En un arriendo, sobre el canon mensual, es decir, un mes de renta, y no sobre el contrato completo. En una administración, sobre lo que se recauda cada mes.
  • Si incluye el IVA. Pregunta siempre si la cifra que te dan lo trae incluido o si se suma.
  • Quién paga. Puede cobrarse a una parte o a las dos. Tiene que estar dicho antes de firmar.

El arancel de VCAA, con su base

  • Compraventa: 2% + IVA sobre el precio, a cada parte. Al vendedor sobre el precio de venta y al comprador sobre el precio de compra. En una propiedad de 5.000 UF son 100 UF + IVA para cada uno.
  • Arriendo: 50% del canon mensual + IVA, a cada parte. En un arriendo de $300.000 son $150.000 + IVA para el arrendador y lo mismo para el arrendatario. El monto es un ejemplo del cálculo, no un precio de mercado.
  • Administración de arriendos: 5% + IVA en el Plan Esencial y 7% + IVA en el Plan Integral, sobre el arriendo mensual efectivamente recaudado. Si un mes no se recauda, ese mes no hay honorario.

El detalle de cada uno está en las páginas de venta, compra, arriendo y administración.

Cuándo se paga

Como tampoco está fijado, puede acordarse al publicar, al firmar la promesa o solo cuando la operación se cierra. Es de las cosas que hay que preguntar.

En VCAA no se cobra por publicar ni por buscar. En una venta o una compra, el honorario se paga solo si la operación se cierra; en un arriendo, solo si el contrato se firma.

Qué incluye, y qué va aparte

El honorario paga un trabajo, y ese trabajo no es el mismo en todas partes. Conviene pedir la lista.

En una venta con VCAA incluye lo que pasa antes de la primera oferta: definir un precio comercial fundado en operaciones comparables, ordenar los documentos, preparar la propiedad, filtrar a quienes preguntan y negociar. Lo explicamos en cómo definir el precio de venta de tu propiedad y en qué revisar antes de publicar.

Lo que el honorario no cubre son los gastos de la operación misma, que se pagan a otros: notaría, Conservador de Bienes Raíces, la tasación y el estudio de títulos del banco cuando hay crédito, y los honorarios de un abogado si lo contratas.

Seis preguntas antes de firmar con un corredor

  1. ¿Cuánto es, sobre qué base y con o sin IVA?
  2. ¿Quién paga: una parte o las dos?
  3. ¿Cuándo se paga: al publicar, en la promesa o al cierre?
  4. ¿Qué trabajo incluye y qué se cobra aparte?
  5. Si hay exclusividad, ¿por cuánto tiempo y cómo se termina?
  6. ¿Queda todo por escrito antes de empezar?

Si alguna respuesta es «eso lo vemos después», es mejor verlo antes.

¿Y si lo haces por tu cuenta?

Puedes, y hay quienes lo hacen bien. El honorario no se compara con cero: se compara con lo que cuesta decidir sin información. Un precio de salida mal puesto, una promesa mal redactada o un arrendatario mal elegido pueden costar más que un porcentaje, y casi nunca se ven a tiempo.

Si quieres saber qué haríamos con tu caso antes de decidir, la primera conversación no tiene costo.

En una línea

Ninguna ley fija el honorario de un corredor → pregunta cuánto, sobre qué base, a quién y cuándo → pide la lista de lo que incluye → déjalo por escrito antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un corredor de propiedades en Chile?

No hay una tarifa fijada por ley: el tope que existía se derogó en 1989 y hoy el honorario se acuerda entre las partes. En VCAA es 2% + IVA sobre el precio de la compraventa, a cada parte: en una propiedad de 5.000 UF son 100 UF + IVA. Pide siempre la cifra con su base, con o sin IVA, y por escrito.

¿El comprador también le paga al corredor?

Depende de lo que se acuerde, y tiene que estar dicho antes de firmar. En VCAA el honorario es 2% + IVA a cada parte: al vendedor sobre el precio de venta y al comprador sobre el precio de compra.

¿Cuánto cobra un corredor por un arriendo?

Se calcula sobre el canon mensual, es decir, un mes de renta, y no sobre el contrato completo. En VCAA es el 50% del canon mensual + IVA, a cada parte: en un arriendo de $300.000 son $150.000 + IVA para el arrendador y lo mismo para el arrendatario.

¿Se paga la comisión si la propiedad no se vende?

Depende de lo que hayas firmado, y por eso conviene preguntarlo antes. En VCAA no se cobra por publicar: el honorario se paga solo si la venta se cierra, y en un arriendo, solo si el contrato se firma.

¿VCAA es una corredora de propiedades?

En lo formal, sí: hacemos corretaje de propiedades en el Gran Concepción y en Chillán, y cobramos un honorario de corretaje. Lo que cambia es lo que pasa antes de publicar: primero revisamos contigo si la operación te conviene, a qué precio se sostiene frente a operaciones comparables y qué papeles hay que ordenar.

Fuentes